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Mestre Paulo Ribeiro
Impuesto que se vuelve deportePublicado el 6 min de lectura

PIE/SC: cómo tu empresa convierte ICMS en deporte

Guía del PIE/SC: quién puede apoyar, límites del 15 %, 10 % y 7 % del ICMS, habilitación en el SAT, paso a paso y errores que hacen perder el beneficio.

Gimnasio de Pinhalzinho visto desde lo alto de la grada llena, con el ring de Muaythai montado en la cancha

Toda empresa catarinense que paga ICMS (impuesto estatal sobre bienes y servicios) ya contribuye con el estado. Lo que mucha gente no sabe es que una parte de ese impuesto puede ir directo a un proyecto deportivo aprobado: el valor destinado vuelve a la empresa como crédito en su propio ICMS, dentro de ciertos límites. Ese camino se llama PIE/SC, el Programa de Incentivo al Deporte de Santa Catarina. Así lo hacen las empresas en Brasil; quien vive fuera no paga impuestos en Brasil, pero la guía muestra cómo se financia el deporte en Santa Catarina. Con base en el texto de la ley, explica quién puede apoyar, cuál es el límite, cómo hacerlo y los errores que más caros salen.

Qué es el PIE/SC

Según las preguntas frecuentes del programa, el PIE fue creado por el Gobierno del Estado mediante el Decreto nº 780, de 3 de diciembre de 2024, y lo opera la FESPORTE, la fundación estatal de deportes de Santa Catarina (Fundação Catarinense de Esporte). La lógica es simple: la empresa deposita el recurso en un proyecto deportivo aprobado y descuenta el valor de una parte del ICMS.

El programa trabaja con cinco convocatorias: deporte educativo y de formación, deporte de alto rendimiento, eventos deportivos, paradeporte y deporte de participación.

La regla fiscal está en el Decreto nº 880/2025, que dio nueva redacción al art. 470 del Anexo 6 del Reglamento del ICMS de Santa Catarina. El valor que la empresa destina se convierte en crédito presumido (crédito fiscal presunto) en la liquidación del impuesto.

Cuánto puede destinar la empresa

El límite de cada empresa se calcula en cada período de liquidación, sobre el ICMS adeudado en el período, según los ingresos brutos anuales declarados en la DIME o en la EFD (las declaraciones fiscales estatales de la empresa) del año anterior:

Ingresos brutos anuales de la empresa Límite por período
Entre el tope de la pequeña empresa y 4 veces ese tope 15 % del ICMS adeudado
Más de 4 veces y hasta 8 veces el tope de la pequeña empresa 10 % del ICMS adeudado
Más de 8 veces el tope de la pequeña empresa 7 % del ICMS adeudado

El tope de la empresa de pequeno porte (pequeña empresa) es el definido en la Lei Complementar (ley complementaria) federal nº 123/2006. Cuando la empresa liquida el impuesto de forma consolidada, sumando todos los establecimientos en Santa Catarina, el decreto fija el porcentaje en el 7 % sobre el impuesto a pagar liquidado.

El crédito tampoco puede superar el valor efectivamente transferido al proyecto ni el saldo deudor del impuesto en el período anterior al de la apropiación.

El tope del estado: el famoso 0,5 %

Además del límite de cada empresa, existe un límite para todo el programa. Cada año, la suma de los créditos queda limitada al 0,5 % de la parte estatal de la recaudación del ICMS del año anterior y al valor global fijado por resolución del Secretario de Hacienda, que puede llegar a R$ 75 millones.

Si ese tope se alcanza antes de fin de año, el decreto dice que la apropiación del crédito solo ocurre en el ejercicio siguiente. Por eso conviene planificar el apoyo con antelación.

Atención: el 0,5 % no es el límite de tu empresa. Algunos materiales de divulgación confunden las dos cosas.

Paso a paso para apoyar un proyecto

  1. Elige un proyecto aprobado. Pide a la entidad el número del proyecto y la carta de captación. Según la FESPORTE, solo los proyectos aprobados reciben la carta y pueden empezar a captar.
  2. Habilita el apoyo en el SAT antes de cualquier transferencia, informando el proyecto y el valor. El SAT es el sistema de la Secretaría de Hacienda del Estado.
  3. Transfiere el valor a la cuenta específica del proyecto, abierta solo para él. No deposites en la cuenta de la entidad.
  4. Apropia el crédito presunto en la liquidación del ICMS, dentro de tu límite del 15 %, 10 % o 7 %.
  5. Guarda los comprobantes de la habilitación y de la transferencia.

Para usar el crédito, la empresa también debe estar al día con la DIME y la EFD y tener certidão negativa (certificado de regularidad fiscal) de deudas con la Hacienda Estatal (o positiva con efectos de negativa). Si el dinero vuelve a la empresa, el crédito debe anularse.

Quién puede proponer proyectos

Del otro lado están las entidades. Según las preguntas frecuentes del programa, puede proponer un proyecto la persona jurídica establecida y activa en Santa Catarina (o una entidad nacional de administración del deporte) que tenga el CRED, el Certificado de Registro de Entidade Desportiva (certificado de registro de entidad deportiva) emitido por el Consejo Estatal de Deportes, y al menos tres años de existencia legal. La persona física no puede proponer.

Las propuestas se envían por la plataforma Prosas, las evalúa una comisión de selección y se clasifican por nota. La ejecución se acompaña en la misma plataforma, con rendición de cuentas.

Qué queda fuera

  • El ICMS de substituição tributária (sustitución tributaria) y por responsabilidad tributaria no entra.
  • Tampoco entra el impuesto liquidado con crédito presunto en sustitución de los créditos por las entradas.
  • Simples Nacional (régimen simplificado para pequeñas empresas): los tramos del decreto empiezan en el tope de la pequeña empresa, que es el límite del Simples. Para ingresos por debajo de eso, el texto no prevé porcentaje. Habla con tu contador antes de contar con el beneficio.

Errores que hacen perder el beneficio

  • Transferir el dinero antes de habilitar el apoyo en el SAT.
  • Depositar en la cuenta de la entidad en lugar de la cuenta específica del proyecto.
  • Confundir el límite de la empresa (15 %, 10 % o 7 %) con el tope del estado (0,5 %).
  • Apoyar un proyecto sin carta de captación vigente.
  • Olvidar las obligaciones accesorias (DIME y EFD) o dejar vencer el certificado.
  • Confundir el PIE, que es estatal y usa ICMS, con la Ley de Incentivo al Deporte, que es federal y usa Imposto de Renda (impuesto sobre la renta).

¿Y el Muaythai nas Escolas?

Según el media kit 2025 de la FECAMTT, la Federación Catarinense de Muaythai Tradicional, presidida por el Mestre Paulo Ribeiro, la federación tuvo el proyecto Muaythai nas Escolas (“Muaythai en las Escuelas”) aprobado en el PIE/SC, en la línea Deporte Educativo y Formación Deportiva, por un valor total de R$ 100.000,00. El número oficial del proyecto y la carta de captación todavía no se han publicado aquí: pide los dos documentos a la FECAMTT antes de habilitar el apoyo en el SAT.

Mira la página del Muaythai nas Escolas y los contactos de la federación.

¿Y el Imposto de Renda?

El PIE/SC usa solo ICMS. El Imposto de Renda sigue otra ley, la Lei Complementar nº 222/2025, que hoy rige la Ley de Incentivo al Deporte. Hoy no existe ningún proyecto del Mestre ni de la FECAMTT apto para recibir Imposto de Renda. Así lo hacen los contribuyentes en Brasil. Si vives fuera, no pagas impuestos en Brasil, pero igual puedes apoyar el proyecto. Si eres persona física o empresa en lucro real (régimen de beneficio real), mira en la página Apoya los caminos legales que existen para cada caso.

Este contenido es informativo y no sustituye la orientación de tu contador. Las reglas pueden cambiar: consulta siempre la redacción vigente.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto del ICMS puede destinar mi empresa por el PIE/SC?

En cada período de liquidación, hasta el 15 %, 10 % o 7 % del ICMS (impuesto estatal sobre bienes y servicios) adeudado, según el tramo de ingresos brutos anuales declarados en la DIME o en la EFD del año anterior (Decreto nº 880/2025, que dio nueva redacción al art. 470 del Anexo 6 del RICMS/SC).

¿Qué es el 0,5 % que aparece en algunos materiales?

Es el tope anual del estado para todo el programa: 0,5 % de la parte estatal de la recaudación del ICMS del año anterior, limitado al valor global fijado por resolución, de hasta R$ 75 millones. No es el límite de cada empresa.

¿Una empresa del Simples Nacional puede participar?

Los tramos del decreto empiezan en el límite de facturación de la pequeña empresa, que es el tope del Simples Nacional (régimen simplificado para pequeñas empresas). Para quien está por debajo, el texto no prevé porcentaje. Confírmalo con tu contador.

¿Puedo transferir primero y habilitar después?

No. El decreto condiciona el crédito a la habilitación previa en el SAT, tanto del apoyo al proyecto como del valor que se aplicará.

¿La persona física puede apoyar por el PIE/SC?

El PIE/SC funciona con el ICMS de empresas contribuyentes. Para las personas físicas existen otros caminos, como la Ley de Incentivo al Deporte y los fondos de la infancia y la adolescencia, explicados en la página Apoya.

Fuentes consultadas

  1. Decreto nº 880, de 6 de marzo de 2025 (art. 470 del Anexo 6 del RICMS/SC)
  2. Preguntas frecuentes del PIE – FESPORTE / Prosas
  3. Lei Complementar nº 222/2025 (Ley de Incentivo al Deporte)

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