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Mestre Paulo Ribeiro
Impuesto que se vuelve deportePublicado el 6 min de lectura

Límite del PIE/SC: 15 %, 10 % o 7 % del ICMS, con ejemplos

¿Cuál es el límite del PIE/SC para tu empresa? Mira el porcentaje del ICMS por tramo de ingresos (15 %, 10 % y 7 %), el tope del estado y ejemplos.

Combate de Muaythai en un ring montado en un gimnasio, con mesa de jueces y pancarta de la FECAMTT

El límite del PIE/SC (Programa de Incentivo al Deporte de Santa Catarina) para tu empresa es del 15 %, 10 % o 7 % del ICMS (impuesto estatal sobre bienes y servicios) adeudado en cada período de liquidación, y el tramo depende de los ingresos brutos anuales del año anterior. Con el tope de la empresa de pequeno porte (pequeña empresa) en R$ 4,8 millones, los tramos quedan así: de R$ 4,8 a 19,2 millones, 15 %; de R$ 19,2 a 38,4 millones, 10 %; más de R$ 38,4 millones, 7 %. La regla está en el Decreto nº 880/2025, art. 470, § 2, inciso VI, del Anexo 6 del RICMS/SC (el reglamento del ICMS de Santa Catarina). Así lo hacen las empresas en Brasil; quien vive fuera no paga impuestos en Brasil, pero las cuentas muestran hasta dónde puede llegar una sola empresa catarinense. Abajo, el cálculo con ejemplos.

De dónde salen los tramos

El decreto no cita valores en reales. Define los tramos como múltiplos del “límite de ingresos brutos de la pequeña empresa” de la LC 123/2006. La LC 123/2006, una Lei Complementar (ley complementaria), art. 3, inciso II, fija ese límite en R$ 4.800.000,00 de ingresos brutos anuales.

Multiplicando:

Tramo del decreto Ingresos brutos anuales Límite del crédito
Del tope de la pequeña empresa hasta 4 veces R$ 4,8 mill. a R$ 19,2 mill. 15 % del ICMS adeudado
Más de 4 hasta 8 veces R$ 19,2 mill. a R$ 38,4 mill. 10 %
Más de 8 veces Más de R$ 38,4 mill. 7 %

Si la LC 123 cambia el tope, los tramos cambian con él. Por eso la tabla de arriba vale mientras el tope sea de R$ 4,8 millones.

Los ingresos que cuentan son los declarados en la DIME o en la EFD del año anterior (las declaraciones fiscales estatales de la empresa). No es la facturación del mes ni la proyección del año en curso.

Qué es el “ICMS adeudado en el período”

El porcentaje se aplica sobre el ICMS adeudado en el período de liquidación, que para la mayoría de las empresas es el mes. El § 3 saca de la base:

  • el ICMS por substituição tributária (sustitución tributaria, cuando otra empresa de la cadena recauda el impuesto);
  • el ICMS por responsabilidad tributaria de terceros;
  • el impuesto liquidado con crédito presumido (crédito fiscal presunto) en sustitución de los créditos por las entradas.

Entonces, si la empresa paga R$ 100.000 de ICMS en el mes, pero R$ 40.000 son de sustitución tributaria, la base para el PIE es de R$ 60.000.

Tres frenos además del porcentaje

El crédito de cada período respeta, al mismo tiempo (incisos III a V del § 2):

  1. el porcentaje del tramo (15 %, 10 % o 7 %);
  2. el valor efectivamente transferido al proyecto;
  3. el saldo deudor del impuesto en el período anterior al de la apropiación.

Vale el menor de los tres. Una empresa que transfirió R$ 5.000 no aprovecha R$ 7.500 de crédito solo porque el tramo lo permite.

Ejemplos con números redondos

Empresa A, ingresos de R$ 10 millones el año anterior, ICMS adeudado de R$ 50.000 en el mes, sin sustitución tributaria:

  • tramo: 15 %;
  • límite mensual: R$ 7.500;
  • si transfiere R$ 7.500 en cada uno de los 12 meses, llega a R$ 90.000 en el año.

Empresa B, ingresos de R$ 30 millones, ICMS adeudado de R$ 200.000 en el mes, de los cuales R$ 50.000 por sustitución tributaria:

  • base: R$ 150.000;
  • tramo: 10 %;
  • límite mensual: R$ 15.000.

Empresa C, ingresos de R$ 100 millones, liquidación consolidada de cinco establecimientos en Santa Catarina, impuesto a pagar de R$ 1 millón en el mes:

  • porcentaje del § 10: 7 %;
  • límite mensual: R$ 70.000.

El tope del estado: 0,5 % y R$ 75 millones

Por encima de los límites de cada empresa está el límite del programa. Cada año, la suma de los créditos de todas las empresas queda limitada al 0,5 % de la parte estatal de la recaudación del ICMS del año anterior y al valor fijado por resolución del Secretario de Hacienda del estado, de hasta R$ 75 millones (§ 2, incisos I y II).

En febrero de 2026, la FESPORTE informó (la FESPORTE es la fundación estatal de deportes de Santa Catarina) que el programa cuenta con R$ 75 millones, llega a 150 municipios y tiene 97 proyectos en ejecución. Si el tope se alcanza antes de fin de año, la apropiación del crédito pasa al ejercicio siguiente (§ 4). Quien apoya temprano en el año corre menos riesgo.

Atención: el 0,5 % aparece en algunos materiales de divulgación como si fuera “el 0,5 % del ICMS de la empresa”. Es un error. Es el tope del estado.

Errores comunes en el cálculo

  • Usar la facturación del año en curso en lugar de los ingresos declarados del año anterior.
  • Incluir en la base el ICMS de sustitución tributaria.
  • Apropiarse del porcentaje completo sin haber transferido el valor.
  • Ignorar el saldo deudor del período anterior.
  • Aplicar el 15 % cuando la empresa liquida de forma consolidada, que usa el 7 %.
  • Olvidar que el crédito exige habilitación previa en el SAT (el sistema tributario del estado) (§ 1). Sin ella, ningún porcentaje vale.

Qué significa este límite para el Muaythai de Balneário Camboriú

Según el media kit 2025 de la FECAMTT, la Federación Catarinense de Muaythai Tradicional, el proyecto Muaythai nas Escolas (“Muaythai en las Escuelas”) fue aprobado en el PIE/SC por un valor de R$ 100.000,00. Para una empresa en el tramo del 15 % con R$ 50.000 de ICMS mensual, eso son poco más de 13 meses de crédito; para una empresa del 10 % con R$ 200.000 de ICMS, cinco meses. En otras palabras: una sola empresa mediana de Santa Catarina financia un año de Muaythai gratuito en el horario opuesto al escolar para los niños atendidos por el proyecto.

El número oficial del proyecto y la carta de captación todavía no se han publicado aquí: pide los dos documentos a la federación antes de habilitar el apoyo. Mira Muaythai nas Escolas y la guía completa en cómo patrocinar por el PIE/SC.

Cómo hacerlo hoy

  1. Pide al contador los ingresos brutos declarados en la DIME o en la EFD del año anterior.
  2. Ubica el tramo en la tabla de arriba.
  3. Toma el ICMS adeudado del último mes, quita la sustitución tributaria y aplica el porcentaje.
  4. Ese número es cuánto puede destinar la empresa por mes. Multiplícalo por 12 y tienes la capacidad anual.

Así lo hacen las empresas en Brasil. Si vives fuera, no pagas impuestos en Brasil, pero igual puedes apoyar el proyecto. ¿Quieres presentar este cálculo al Mestre y entender lo que necesita el proyecto? Habla con el Mestre.

Este contenido es informativo y no sustituye la orientación de tu contador. Las reglas pueden cambiar: consulta siempre la redacción vigente.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite del PIE/SC para cada empresa?

15 %, 10 % o 7 % del ICMS adeudado en cada período de liquidación, según los ingresos brutos anuales del año anterior: hasta 4 veces el tope de la pequeña empresa, de 4 a 8 veces o más de 8 veces (Decreto nº 880/2025, § 2, VI).

¿Cuál es el tope de la pequeña empresa?

R$ 4,8 millones de ingresos brutos anuales, según la LC 123/2006, art. 3, II. Con ese número, los tramos quedan en R$ 4,8 a 19,2 millones (15 %), R$ 19,2 a 38,4 millones (10 %) y más de R$ 38,4 millones (7 %).

¿Qué es el límite del 0,5 %?

Es el tope de todo el programa: 0,5 % de la parte estatal de la recaudación del ICMS del año anterior, limitado a R$ 75 millones. No es el límite de cada empresa.

¿El límite es anual o mensual?

Es por período de liquidación, que para la mayoría de las empresas es mensual. El crédito del mes no puede superar el porcentaje, el valor transferido ni el saldo deudor del período anterior.

¿Qué tramo usa una empresa con varios establecimientos?

Si liquida de forma consolidada en Santa Catarina, el § 10 fija el 7 % sobre el impuesto a pagar liquidado.

Fuentes consultadas

  1. Decreto nº 880, de 6 de marzo de 2025 (art. 470 del Anexo 6 del RICMS/SC)
  2. Lei Complementar nº 123, de 14 de diciembre de 2006, art. 3
  3. FESPORTE: el PIE llega a 150 municipios (25/02/2026)

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